La solicitud tendrá validez sólo si es realizada dentro de los plazos determinados en la Resolución 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior y si no se tratase de productos exceptuados, como productos personalizados y todos los comprendidos en el art. 1116 del Código Civil y Comercial.
Además, las solicitudes de cancelación aplicarán solamente para pedidos que no hayan llegado a la etapa del envío.